Client Alert

#ClientAlert 14/2024

Se reafirma que el límite para el pago de PTU es de tres meses

 

De conformidad a la sesión del 03 de abril de 2024, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, resolvió por unanimidad, el Amparo en Revisión 633/2023. El cual aborda la constitucionalidad del límite máximo de tres meses establecido para el pago del reparto de utilidades, de acuerdo a lo establecido en la fracción VIII del artículo 127 de la Ley Federal del Trabajo (LFT).

Dicha decisión se basó en un análisis de los derechos humanos involucrados, y la interpretación de la normativa laboral.

Siendo importante mencionar que, el tope de tres meses al reparto de utilidades o el promedio del monto recibido en los últimos tres años, se estableció en la LFT con la reforma de subcontratación del 2021, esto para evitar que la eliminación del outsourcing basado en suministro de personal generara distorsiones en la prestación en industrias de uso intensivo de capital humano.

Asimismo, la Corte destacó que uno de los argumentos para validar la reforma, es que el anterior régimen de outsourcing necesitaba un cambio, porque se presentaron “diversos abusos hacia los trabajadores subcontratados, quienes en ocasiones cotizaban con un salario inferior al que realmente percibían, resultaban afectados en el reparto de utilidades, así como en la esfera de previsión social ante la imposibilidad para obtener una jubilación digna, además del consecuente detrimento en las finanzas públicas”.

Esperando que esta información sea de utilidad, quedamos a sus órdenes para cualquier duda o aclaración al respecto.