Client Alert

#ClientAlert 2/2021

¿QUÉ HACER EN CASO DE QUE UN PROVEEDOR DE BIENES O SERVICIOS CON EL QUE CONTRATÉ SE ENCUENTRE EN LA LISTA NEGRA DEL SAT?

 

Las llamadas “listas negras” del SAT, son listados que el Servicio de Administración Tributaria publica cuando detecta contribuyentes que emitieron comprobantes fiscales falsos (por no tener los activos o infraestructura necesaria para dichas actividades) o se encuentran como “no localizado”, entre otros supuestos.

 

Resulta importante señalar que, aun cuando un contribuyente no haya cometido una conducta contraria a la ley al efectuar un pago a una Empresa que Factura Operaciones Simuladas  (“EFO”) y aun cuando es común que ni siquiera tenga conocimiento que alguno de sus proveedores ha aparecido en este listado, las personas físicas o morales en cuestión, se verán afectadas en caso de haber dado efectos fiscales a comprobantes fiscales emitidos por parte de un EFO, en virtud de que éstos quedarán sin efecto legal alguno, es decir, las erogaciones realizadas no serán deducibles para el Impuesto Sobre la Renta ni acreditables para el Impuesto al Valor Agregado.

 

De acuerdo con el Código Fiscal de la Federación, una vez que los EFOS son publicados en la lista negra, los contribuyentes cuentan con un plazo único de 30 días para demostrar la efectiva adquisición de bienes o la efectiva prestación de servicios, en caso de no acreditar dicha situación a conformidad del SAT, entonces deberán de llevar a cabo el pago del impuesto sobre la renta deducido y del impuesto al valor agregado acreditado por los pagos efectuados a EFOS.

 

Considerando lo expuesto, esta Firma se encargará de hacerles llegar periódicamente, por ese medio, las listas que sean publicadas por el SAT, para que con ello puedan revisar con mayor facilidad si algún proveedor de bienes o servicios con el que hayan contratado se encuentra en ellas y en su caso, tomar las medidas que resulten necesarias.

 

En el supuesto en que esto último ocurra, nos encontramos a sus órdenes para agotar el procedimiento correspondiente y evitar que se tengan por no realizadas las operaciones con el EFO en cuestión.