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#ClientAlert 20/2023

SE PROPONEN REFORMAS EN MATERIA DE PERMISOS A MADRES Y PADRES TRABAJADORES POR CUIDADOS MÉDICOS

 

Se presentó un dictamen de las Comisiones Unidas de Seguridad Social y de Trabajo y Previsión Social que contempla la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 140 Bis de la Ley del Seguro Social (LSS), 37 Bis de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado y 170 Bis de la Ley Federal del Trabajo (LFT), con el objetivo de otorgar un permiso laboral para madres o padres trabajadores de hijos de hasta 16 años diagnosticados con enfermedad terminal.

Se pretende garantizar la estabilidad en el empleo de la madre o el padre al otorgarle permiso para ausentarse de sus labores en los días críticos de la enfermedad de sus hijos e hijas menores de 16 años, considerando que la situación a la que se enfrentan las familias durante ese proceso se agrava por la preocupación de perder su empleo y fuente de ingresos.

Asimismo, se busca proveer una vida digna y acompañar a los menores en esa etapa preservando en todo momento el interés superior de la niñez, así como modificar ordenamientos que protejan y garanticen los derechos de seguridad social consagrados en la Constitución Política y demás leyes aplicables en la materia.

Se tiene como antecedente la licencia ya reconocida en los artículos 170 Bis (LFT) y 140 Bis (LSS) para los padres o madres de menores de hasta 16 años que sean diagnosticados por el Instituto Mexicano del Seguro Social con cáncer de cualquier tipo, quienes podrán gozar de un permiso para ausentarse de sus labores con la intención de acompañar al paciente en sus correspondientes tratamientos médicos.
En este caso, el servicio de salud expedirá una constancia que acredite el padecimiento oncológico u otra enfermedad que se diagnostique en estado terminal, así como la duración del tratamiento requerido, a fin de que el patrón tenga conocimiento de tal licencia.

Finalmente, el proyecto se encuentra en revisión, por lo que deberá completar el proceso legislativo antes de ser considerada como vinculante.

Esperando que esta información sea de utilidad, quedamos a sus órdenes para cualquier duda o aclaración al respecto.