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#ClientAlert 22/2022

Requisitos para deducciones

 

En fechas recientes, el Tribunal Federal de Justicia Administrativa, puntualizó respecto de los requisitos que deben de cumplir los gastos que hacen empresas y personas físicas, para que éstos se consideren deducibles para efectos del Impuesto Sobre la Renta.

Como es sabido, no cualquier gasto resulta deducible de impuestos, sino que la propia Ley del Impuesto Sobre la Renta, establece diversos requisitos para tales efectos. Requisitos que tradicionalmente se han considerado los siguientes:

  • Que si el gasto supera el monto de 2,000 pesos, éste haya sido realizado mediante transferencia, cheque o tarjeta de crédito o débito.
  • Que resulte estrictamente indispensable para las actividades del contribuyente.

Ahora bien, la Sala Especializada en Materia de Juicio de Resolución Exclusiva de Fondo, del citado Tribunal Federal, consideró que en adición a los requisitos anteriormente citados, es indispensable que el contribuyente pueda acreditar la existencia efectiva de los gastos y de los servicios o bienes recibidos a cambio, pues de lo contrario -concluyó la Sala-, las autoridades podrán rechazar el efecto fiscal de dichos gastos y por tanto su deducibilidad.

Es por lo anterior, que es de gran importancia que los contribuyentes realicen una revisión de los gastos que deducen, para considerar si cumplen con los requisitos marcados por la ley y por criterios, particularmente que cuenten con elementos para demostrar a las autoridades que efectivamente recibieron los servicios contratados o bienes adquiridos, mediante elementos de prueba como contratos, cotizaciones, comunicaciones con los proveedores, comprobantes de entrega en almacén o de recepción en términos generales, etc. Pues de lo contrario, podrían ubicarse en supuestos de rechazo a las deducciones que hayan realizado.

Quedamos a sus órdenes para atender cualquier duda o aclaración y brindarles la asesoría correspondiente en caso de que así lo requieran.