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#ClientAlert 23/2023

DECRETO QUE REFIERE RESTRICCIONES A DEUDORES ALIMENTARIOS PARA TRÁMITE DE PASAPORTE, LICENCIA DE CONDUCIR, PARTICIPACIÓN COMO CANDIDATO A CARGOS CONCEJILES Y DE ELECCIÓN POPULAR, ENTRE OTROS.

 

El pasado 8 de mayo de 2022, se publicó el Decreto por el que se reformaron y adicionaron diversas disposiciones de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes en materia de pensiones alimenticias.

 

Conforme a dicho Decreto, se creó el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias, cuyo objeto es concentrar la información de deudores y acreedores de obligaciones alimentarias. Siendo importante señalar que los datos recabados por dicho Registro, podrán ser utilizados para fines estadísticos o de análisis que se consideren necesarios, debiendo actualizarse el mismo de forma mensual.

 

Así pues, se señala entre otras cosas, que las autoridades de los tres órdenes de gobierno, en el ámbito de sus competencias, dispondrán lo necesario a fin de establecer como requisito la presentación del certificado de no inscripción en el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias. Entre los trámites y procedimientos que podrán requerir la expedición de ese certificado, se encuentran los siguientes:

 

  1. Obtención de licencias y permisos para conducir;
  2. Obtención de pasaporte o documento de identidad y viaje;
  3. Para participar como candidato a cargos concejiles y de elección popular;
  4. Para participar como aspirante a cargos de jueces, magistrados en el ámbito local o federal;
  5. Los que se realicen ante notario público relativos a la compraventa de bienes inmuebles y la constitución o transmisión de derechos reales, y
  6. En las solicitudes de matrimonio, el juez del Registro Civil hará del conocimiento si alguno de los contrayentes se encuentra inscrito en el Registro, mencionando la situación que guardan respecto de las obligaciones que tiene.

 

Aunado a lo anterior, las autoridades federales competentes, instrumentarán las medidas de restricción migratoria que establezcan que ninguna persona inscrita en el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias pueda salir del país, cuando: (i) Sea deudor alimentario moroso; y, (ii) Existan medios de prueba que permitan al Juez determinar la existencia de un riesgo importante de que la salida del país sea utilizada como un medio de evasión de pago.

 

El Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias será un órgano auxiliar del Consejo de la Judicatura Federal que tendrá como finalidad identificar a deudores y acreedores de obligaciones alimentarias establecidas en resolución judicial firme a terceros relacionados con dichas obligaciones y brindar información en la materia de acuerdo a lo que refiere el propio Sistema de Información Legislativa.

 

La presidenta de la Comisión de Estudios Legislativos Primera, Mayuli Latifa Martínez Simón, ha expresado que la pensión alimenticia es un tema de gran importancia, por su intrínseca relación con el bienestar, seguridad social y económica de niñas, niños y adolescentes de México, explicando que de cada 10 divorcios, siete padres no cumplen con la pensión alimenticia, por lo que resulta necesario buscar la forma de garantizar el pago de alimentos, tal como se observa en el comunicado social publicado el 22 de marzo de 2023 en el portal del Senado de la República.