Client Alert

#ClientAlert 25/2023

STPS y SAT exhortan a prestadores de servicios a evitar incurrir en defraudación fiscal

 

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) y el Servicio de Administración Tributaria (SAT) emitieron un comunicado el pasado 17 de mayo del presente, en el cual insisten en su compromiso para que se apliquen de manera correcta las disposiciones fiscales; ya que de conformidad con la reforma laboral del año 2021, está permitida la subcontratación de servicios u obras especializadas siempre quesean distintas al objeto social y la actividad económica preponderante del contratante, debiendo de contar con la inscripción en el Padrón Público de Contratistas de Servicios Especializados u Obras Especializadas (REPSE),de lo contrario serán sancionados fiscal y laboralmente.

Por lo que, en caso de no cumplir con el registro, o prestar servicios especializados sin cumplir con sus obligaciones fiscales y de seguridad social que derivan de dicha reforma, serán sancionados por el delito de defraudación fiscal.

De igual manera, los contratantes que solicitende estos servicios no podrán hacer deducibles o acreditables los pagos que hayan realizado por las obras o servicios contratados.

Finalmente, es importante tener presente que la Ley Federal del Trabajo en su artículo 1004-C menciona que, de no cumplir con estas disposiciones, se impondrá una multa de 2 mil a 50 mil veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA).

Esperando que esta información sea de utilidad, quedamos a sus órdenes para cualquier duda o aclaración al respecto.