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#ClientAlert 33/2023

Convenio sobre la Eliminación de la Violencia y el Acoso en el Mundo del Trabajo

 

El pasado 19 de junio, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el decreto a través del cual se promulgó el Convenio 190 sobre la Eliminación de la Violencia y el Acoso en el Mundo del Trabajo, adoptado en Ginebra, el veintiuno de junio de dos mil diecinueve, el cual entrará en vigor el próximo 06 de julio del año en curso.

 

A efectos del presente convenio se entiende como violencia y acoso en el mundo del trabajo, el conjunto de comportamientos y prácticas inaceptables, o de amenazas de tales comportamientos y prácticas, ya sea que se manifiesten una sola vez o de manera repetida, que tengan por objeto, que causen o sean susceptibles de causar, un daño físico, psicológico, sexual o económico e incluye la violencia y el acoso por razón de género y la expresión violencia y acoso por razón de género designa la violencia y el acoso que van dirigidos contra las personas por razón de su sexo o género.

 

Por lo cual, se busca proteger a los trabajadores y a otras personas en el trabajo, con inclusión de los trabajadores asalariados, según se definen en la legislación y las prácticas nacionales, así como a las personas que trabajan, cualquiera que sea su situación contractual.

 

Dicho convenio refiere que los patrones deberán “adoptar y aplicar, en consulta con los trabajadores y sus representantes, una política del lugar de trabajo relativa a la violencia y el acoso; …”

 

Por lo anterior, aconsejamos implementar en los centros de trabajo un “Protocolo para prevenir la discriminación por razones de género y atender de casos de violencia y acoso u hostigamiento sexual”.

 

Este Convenio se aplica a todos los sectores, público o privado, de la economía tanto formal como informal, en zonas urbanas o rurales.

 

Esperando que esta información sea de utilidad, quedamos a sus órdenes para cualquier duda o aclaración al respecto.