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#ClientAlert 42/2023

Proyecto de Reforma al artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo

El pasado 02 de agosto del presente año, el diputado Manuel de Jesús Baldenebro Arredondo de MORENA presentó la iniciativa con proyecto de decreto para reformar el primer párrafo del artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo (LFT).

Lo que se pretende con esta reforma, es que los empleados tengan como mínimo un aguinaldo de 30 (treinta) días de salario, lo que significaría el doble de lo considerado al día de hoy.

A continuación, se muestra un cuadro comparativo donde se puede visualizar el texto actual vs el texto propuesto:

 

Artículo 87. Los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual que deberá pagarse antes del día veinte de diciembre, equivalente a quince días de salario, por lo menos.

Artículo 87. Los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual que deberá pagarse antes del día veinte de diciembre, equivalente a treinta días de salario, por lo menos.

Cabe mencionar que, desde el año de 1970, el artículo 87 de la LFT sólo ha tenido una modificación en su narrativa, y esta fue para agregar el derecho de los trabajadores a recibir una parte proporcional del aguinaldo cuando no hayan cumplido el año de servicio en una empresa, por lo que sería la primera reforma para el incremento de días.

Esperando que esta información sea de utilidad, quedamos a sus órdenes para cualquier duda o aclaración al respecto.