Se modifican las disposiciones generales del REPSEen materia de subcontratación
La Secretaría del Trabajo y Previsión Social publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el ACUERDO que modifica el diverso por el que se dan a conocer las Disposiciones de carácter general para el registro de personas físicas o morales que presten servicios especializados o ejecuten obras especializadas a que se refiere el artículo 15 de la Ley Federal del Trabajo, el 03 de febrero del año en curso.
Este acuerdo resulta relevante para todas aquellas empresas que se encuentren registradas ante el Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas (REPSE) o pretendan obtener el alta ante el padrón, ya que modifica y refuerza las acciones inherentes a los requisitos que deberán cumplir como obligados que presten servicios especializados, mismos que se contemplaban en el acuerdo publicado el pasado 24 de mayo de 2021.
Los ajustes establecieron lo siguiente:
Los Inspectores del Trabajo podrán solicitar toda documentación e información que acredite el cumplimiento de las condiciones generales de trabajo relacionadas con la prestación de servicios especializados. De identificarse incumplimientos a la normatividad laboral, se solicitará el inicio del procedimiento administrativo correspondiente, pudiendo concluir en la cancelación del registro.
Asimismo, se podrá presentar a través de la plataforma del REPSE, una solicitud para modificar o actualizar las actividades inscritas o agregar nuevas, siempre que formen parte del objeto social.
Finalmente, la Secretaría del Trabajo deberá pronunciarse respecto de la solicitud dentro de los veinte días hábiles posteriores a su recepción, por lo que en caso de no recibir la notificación correspondiente, los solicitantes podrán requerir que se dicte la resolución, dentro de los tres días siguientes a la presentación del requerimiento. Transcurrido dicho plazo sin que se notifique la resolución, se tendrá por efectuado la solicitud para los efectos legales a que dé lugar.