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#ClientAlert 6/2022

EL SAT ESTABLECE CONSECUENCIAS PARA QUIENES NO CUMPLAN CON RESICO

 

En días pasados, el SAT emitió una serie de reglas para la aplicación del novedoso régimen conocido como “RESICO”. De manera particular, algunas de las referidas reglas, se refieren a las personas físicas sujetas a ese régimen.

De manera puntual, la regla 3.13.6, determina las consecuencias para quienes dejan de tributar en el “RESICO”, por algún incumplimiento a la normatividad del régimen en cuestión.

Esencialmente, en la misma se establece que si algún contribuyente es “expulsado” del régimen, deberá de presentar declaraciones complementarias y pagar el impuesto sobre la renta del año, como si hubiera estado dado de alta en el régimen de actividades empresariales, lo cual, posiblemente implicaría un pago de impuestos considerable a su cargo.

Por ese motivo, es indispensable que los contribuyentes sujetos a ese régimen, conozcan sus obligaciones formales y de fondo, cumplan a cabalidad con las mismas y en caso de que el SAT los expulse del referido régimen, se asesoren correctamente desde un punto de vista legal, a efecto de evitar contingencias fiscales considerables. Lo anterior, en virtud de que la regla citada, así como otras reglas emitidas por el SAT para regular el “RESICO”, podrían ir más allá de lo dispuesto en las leyes que pretenden regular y por ello, resultar ilegales.

Sin más por el momento, invitamos a nuestros clientes a que, en caso de tener duda sobre este tema, se pongan en contacto con nostros a fin de brindarles una asesoría al respecto.