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#ClientAlert 68/2023

AMPLIACIÓN DE LICENCIA DE PATERNIDAD

La Cámara de Diputados aprobó este martes 12 de diciembre del año en curso, la ampliación del permiso de paternidad a 20 días laborales con goce de sueldo, contados a partir del nacimiento y de igual manera en caso de adopción.

El dictamen que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo (LFT) y de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del apartado B del artículo 123 constitucional, fue aprobado con 409 votos a favor, un voto en contra y dos abstenciones, enviando al Senado para su análisis, discusión y en su defecto aprobación.

Asimismo, los diputados determinaron que estos permisos aplicarán tanto por nacimiento o adopción (contados a partir de la llegada del menor), además que en caso de complicaciones posteriores al parto que perjudiquen a la madre, o al recién nacido, éstos podrían aumentar a 30 días.

Estos nuevos beneficios serán aplicables tanto a los trabajadores del Estado mexicano, como a los empleados formales del sector privado. Teniendo en cuenta que el proyecto pretende acabar con los estereotipos de género que tienen que ver con que el cuidado y la crianza de los hijos está solamente en las madres.

En México, solo se otorgan al día de hoy de conformidad con el artículo 132fracción XXVII Bis de la LFT, 5 días de permiso laboral por licencia de paternidad, lo que coloca al país en el lugar 35 de 41 países que forman parte de la OCDE. Por lo que, el país se encuentra rezagado en este rubro, pues la OCDE afirma que México promedia 4.8 semanas con paternidad con goce de sueldo, estando por debajo de Colombia, Ecuador, Perú, Uruguay, Paraguay y Venezuela.

En caso de solicitar una licencia de paternidad en el trabajo, se deberán se seguir los siguientes pasos:

  • Solicitar la licencia al momento del nacimiento y hasta 45 días después.
  • Presentar una solicitud por escrito que incluya fecha de nacimiento del recién nacido, periodo solicitado y certificado o acta de nacimiento.
  • En el supuesto que el patrón se niegue a otorgar la licencia de paternidad, la Procuraduría Federal del Trabajo podrá orientar o asesorar en cuanto a dicho proceso.

Esperando que esta información sea de utilidad, quedamos a sus órdenes para cualquier duda o aclaración al respecto.