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REQUISITOS PARA LA DEDUCIBILIDAD DE PAGOS REALIZADOS VÍA CAJEROS AUTOMÁTICOS

La Resolución Miscelánea Fiscal para el año 2020 incluye una regla que regula la deducibilidad de los pagos en cajeros automáticos mediante el envío de claves a teléfonos móviles, pues de conformidad con lo dispuesto en la Ley del Impuesto sobre la Renta solo son deducibles los pagos (superiores a 2,000 pesos) que se hagan vía transferencia, cheque nominativo o con tarjeta de débito o crédito.

 

La mencionada regla (3.3.1.36) establece los siguientes requisitos para que los pagos en cajeros automáticos mediante el envío de claves a teléfonos móviles, sean deducibles:

 

  1. Que quien realice el pago cuente con los datos de identificación de la persona física a favor de quien se realicen los pagos.

 

  1. Que el monto total acumulado de los pagos por este concepto no exceda de 8 mil pesos diarios.

 

  1. Tratándose de personas morales el monto máximo por operación será de 2 mil pesos.

 

  1. Tratándose de operaciones efectuadas por personas físicas cuyo monto sea superior a 2 mil pesos, el número de órdenes de pago en favor de un mismo beneficiario no deberá superar 30 operaciones por ejercicio fiscal.

 

  1. Que se cumplan con los demás requisitos de las deducciones conforme a las disposiciones fiscales.

 

Sin más por el momento, invitamos a todos nuestros clientes a que, en caso de tener duda sobre este tema, se pongan en contacto con nosotros a fin de brindarles una asesoría al respecto.